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samedi, 17 mai 2014

El tratado de libre comercio entre EEUU y Europa (TTIP) permitirá hacer negocio con la sanidad pública en la UE

Por Sergio Primiani Di Dionisio

stop-tafta-280.jpgDesde junio de 2013 la Comisión Europea, órgano no electo pero con facultades para emprender iniciativas sobre política comercial, y el Departamento de Comercio de EEUU están negociando una Asociación Transat­lántica para el Comercio y la Inversión (ATCI) o TTIP, según las siglas en inglés de Transatlantic Trade and Investment Partnership, que no se aprobará antes de 2016. La negociación corre a cargo de Karel de Gucht, comisario europeo de Comercio que está siendo investigado por defraudar 900.000 euros a las autoridades fiscales belgas y Michael Froman, por Estados Unidos, un tiburón neoliberal asesor de las cumbres del G8 y G 20.

Según denuncia la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública (FADSP), esta negociación se ha caracterizado desde el comienzo “por la opacidad y la falta de transparencia” a pesar de que los acuerdos afectan a los ciudadanos y que como cualquier otra ley debería estar sometida a debate parlamentario.

La profunda crisis económica de Estados Unidos y la Unión Europea Europa desde 2008 es la justificación de un proyecto que pretende liberalizar las relaciones comerciales entre las dos áreas comerciales más grandes del mundo, con un flujo económico de exportaciones de Europa a EEUU de 356,8 billones de euros y de 457,1 billones de en sentido contrario. La principal justificación del acuerdo es que mejorará el empleo y el crecimiento económico, pese a que organizaciones prestigiosas como el Centre for Economic Policy Research vaticina que solo promoverá un crecimiento del 0,05% al año durante los próximos diez años.

La experiencia de anteriores acuerdos internacionales de libre comercio señala que favorecen la liberalización del flujo de mercancías, pero no la libre circulación de trabajadores, limitan la capacidad de negociación de los sindicatos, reducen los salarios y elevan la desigualdad social.

Los promotores del Tratado lo presentan como una oportunidad para eliminar los aranceles que limitan el comercio de productos agrícolas e industriales; abrir los mercados de Estados Unidos y la Unión Europea a las inversiones, los servicios y la contratación pública; y homogeneizar los estándares, normas y requisitos para comercializar bienes y servicios a los dos lados del atlántico. En realidad estos tratados están dirigidos fundamentalmente a consolidar normas y legislaciones que amparan a los fondos de inversión y a las grandes empresas multinacionales.

FAVORECER LOS CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO CON EMPRESAS PRIVADAS

El ATCI supone una continuación de los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio y la Unión Europea sobre liberalización de servicios que supusieron la privatización de los servicios públicos en los países de la UE. Con este nuevo tratado se ampliarían las políticas de inversiones y derechos laborales, la agricultura y la alimentación, la cultura y los derechos de propiedad intelectual, la contratación pública, la sanidad pública, la fiscalidad, el medioambiente y una nueva desregulación del sector financiero. Otros de sus grandes objetivos es la protección de las inversiones financieras y favorecer los contratos del sector público con empresas privadas que tendrán un acceso ilimitado a todos los sectores de la economía.

El acuerdo se está negociando con total ausencia de información a la opinión pública, sin contar con las organizaciones de la sociedad civil como sindicatos, organizaciones ecologistas, consumidores e incluso de los gobiernos elegidos democráticamente, ya que únicamente la Comisión Europea que no está sometida al control del Parlamento Europeo. Sin embargo los grandes grupos empresariales, las multinacionales y los lobbies de presión han tenido la oportunidad de participar e influenciar en las propuestas. Estos grupos se han marcado el objetivo de conseguir la llamada “cooperación reguladora”, que permitiría su participación directa en los procesos de redacción de normativas y legislación, algo que no ha conseguido ni los gobiernos nacionales de la UE.

Las principales claves del acuerdo son:

  • Limitar la soberanía de los gobiernos elegidos democráticamente facilitando las demandas de las empresas contra la puesta en práctica de políticas que afecten a los intereses de las multinacionales.
  • Otorgar a las grandes empresas amplias facultades para impugnar nuevas leyes por los gobiernos, por lo que tras la puesta en marcha del tratado resulta muy difícil modificar la legislación nacional ordinaria y hará irreversible medidas como las privatizaciones de los servicios públicos..
  • Abrir a los mercados de sectores clave de los países europeos como la energía, las patentes, la sanidad pública,  o la soberanía alimentaria.
  • Desregular los servicios financieros, con la eliminación de las restricciones en materia de transacciones financieras y de la comercialización de productos financieros derivados (uno de los desencadenantes de la crisis).
  • Establecer una regulación financiera que obligue a otros países a aceptar y cumplir los estándares marcados por los entramados bancarios que controlan la UE y Estados Unidos en una especie de nuevo colonialismo.
  • Desarrollar el llamando Mecanismo de Solución de Diferencias entre Inversor y Estado (ISDS), con normas para proteger la seguridad jurídica de los inversores que incluye disposiciones contra la expropiación de servicios de interés público o la libre circulación y transferencia de fondos.

El Tratado tendrá implicaciones muy negativas y de largo alcance para el Sistema de Salud Público

Los acuerdos negociados desde 2009 se han centrado en la regulación y armonización de las legislación sobre servicios públicos, su apertura al mercado y el acceso de los inversores privados a los presupuestos públicos, lo que ha implicado la privatización de algunos de estos servicios.

Los Sistema Públicos de Salud europeos serán uno de los mercados que se abrirán a la participación de empresas estadounidenses. Las empresas transnacionales pretenden con esta iniciativa acceder a los presupuestos sanitarios públicos de los países europeos, para tener la oportunidad de obtener grandes ganancias en un momento en que tienen dificultades para hacer grandes negocios en otros ámbitos.

Los objetivos en materia sanitaria del Tratado están dirigidos a eliminar medidas reguladoras (no arancelarias) que afectan al comercio:

  • Eliminar o condicionar las normas y marcos legales europeos y nacionales que obligan a la transparencia de los ensayos clínicos de los laboratorios farmacéuticos.
  • Reducir las regulaciones ambientales y alimentarías que garantizan la calidad y seguridad de los mismos a usuarios y consumidores, que son mucho más estrictas que las norteamericanas.
  • Incrementar los derechos de propiedad intelectual de las empresas farmacéuticas prolongados los períodos de las patentes de medicamentos e innovaciones tecnológicas.
  • Proteger la inversión de las empresas privadas en los sistema sanitarios

Las amenazas más importantes para la sanidad pública contiendas en el Tratado son:

  • Los gobiernos no podrán recuperar los servicios externalizados o privatizados, aunque sean un desastre y sus gastos exorbitantes (como los hospitales PFI de Madrid o de Vigo, que multiplican por siete su coste real).
  • Las empresas podrán garantizar y proteger sus inversiones con un arbitraje Inversionista – Estado, que otorga a las corporaciones el derecho de demandar a un gobierno que tome decisiones que dañen sus ganancias, al margen de los tribunales nacionales de justicia. Como consecuencia los gobiernos europeos que adopten medidas legislativas de reduzcan las expectativas de ganancias a una empresa se enfrentarán a reclamaciones por “expropiación” al asimilarlas a una incautación ilegal de la propiedad privada por el gobierno.
  • La concesión de indemnizaciones en primera instancia para el arbitraje de las inversiones de las empresas en los sistemas sanitarios públicos supondrá una seria amenaza para la capacidad de los gobiernos de intervenir en la defensa del interés público con de políticas que protejan intereses sociales como:

◦   Fijar precios para los productos farmacéuticos y para la promoción de medicamentos genéricos que garanticen el acceso a los mismos a todos los sectores sociales.

◦  Control y evaluación de tecnologías que se vayan a incorporar al sistema sanitario público atendiendo a criterios de racionalidad y sostenibilidad

◦    Medidas de protección de la salud pública  como el control del tabaco o de la seguridad y calidad de los alimentos

La Comisión Europea y los grupos políticos que apoyan el Tratado alegan, para intentar neutralizar a las organizaciones que se oponen al mismo que Parlamento Europeo aprobó una resolución que excluía de la negociación a los servicios públicos, especialmente los sanitarios, de la entrada del sector privado en los mismos, pero hay que recordar que las resoluciones del Parlamento Europeo, no son vinculantes para la Comisión Europea que es quien lleva a cabo las negociaciones, mientras que la influencia de los parlamentos de los estados europeos sobre estos contenidos del acuerdo es baja o nula.

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Por tanto no está claro que la sanidad pública quede excluida de las cláusulas del Tratado que garantizan a las empresas privadas el acceso a la misma (creando un mercado sanitario) y de protección de los inversores. Por otro lado unos de los objetivos claves de la negociación es garantizar el acceso de las empresas privadas a la contratación pública y los servicios sanitarios, dado que estos suponen una parte sustancial de los presupuestos estatales (en España sobre el 30-40% de los presupuestos de las CCAA).

En resumen uno de los principales objetivos del tratado es conseguir la privatización de los servicios sanitarios, que son vistos por los inversores privados y por la industria farmacéutica de tecnologías sanitarias como enorme lista de compras. En este sentido la Comisión de Comercio de la Unión Europea acordó en 2010 presionar para alcanzar un acuerdo comercial que armonizara la regulación del sector público europeo con el norteamericano que debía incluir la asistencia sanitaria dada su importancia económica, por lo que debería privatizarse como en los Estados Unidos.

Las regulaciones del Tratado pretenden crear nuevos mercados la inversión privada transfiriendo recursos del Sistema Sanitario Público al privado

En el desarrollo de esta estrategia ya se han ido dando pasos importantes en España a lo largo de los últimos años: La financiación públicos privada para construir los nuevos centros sanitarios; la externalización de servicios de información (historia clínica electrónica, centrales de llamadas y de información a los usuarios); las actividades de evaluación de tecnologías, compra de recursos y planificación sanitaria; los servicios diagnósticos (laboratorios, diagnóstico por imagen..) los laboratorios, las Centrales de Compras, etc.;  que hasta ahora eran competencia de los gobiernos y de las administraciones sanitarias;  la gestión de los centros sanitarios a través de múltiples formas de gestión privada (Ley 15/97); y ahora pretende  privatizar las actividades asistenciales de los servicios para lo que están desarrollando (con una  fuerte oposición profesional) a través de las Unidades de Gestión Clínica, que trasformarán los servicios en empresas independientes con presupuestos propios y capacidad para comprar y vender sus servicios lo que permitirá a los inversores privados identificar las principales áreas de negocio, condicionar las compras de equipamiento, las actividades y las normas de actuación(según su interés empresarial). El Tratado haría imposible dar marcha atrás en estas decisiones, ya que abre a las concesionarias la posibilidad de recurrir a las entidades arbitrales para compensaciones millonarias en base al lucro cesante (el dinero que dejarían de percibir en unos negociaos tan jugosos).

Repercusiones del Tratado sobre la política farmacéutica

El gasto farmacéutico es uno de los principales problemas del sistema sanitario español. Nuestro gasto en medicamentos es casi el doble de los países de la Unión Europea y desde los gobiernos centrales y autonómicos, se han ido adoptando diferentes medias para intentar reducirlo y racionalizarlo. Entre estas medidas estarían la potenciación de los medicamentos genéricos, la fijación de precios de referencia, la prescripción por principio activo, la sustitución de medicamentos bioequivalentes para pagar los de menor precio, el control de las innovaciones que no aporten mejoras  terapéuticas, etc.

Dado que el lobby de la industria farmacéutica es uno de los más poderosos del mundo y tienen una gran presencia en el Departamento de Comercio USA lo que le da acceso privilegiado a los borradores el acuerdo, cosa que no tiene ni el Parlamento Europeo ni los gobiernos nacionales de la UE ni mucho menos las organizaciones civiles, es previsible que el Tratado está siendo diseñado de acuerdo a los intereses comerciales que hace desde hace años vienen promoviendo y que parece son el núcleo duro de los acuerdos alcanzados en la negociación:

  • Prolongar el tiempo de vigencia de las patentes de los medicamentos  a más de 20 años
  • Retrasar la entrada de los genéricos en el mercado (las Agencias Estatales deberán retrasar la evaluación de su eficacia y seguridad a la fecha en que acabe la patente)
  • Reducir los requisitos para las patentes, más permisivos en Estados Unidos, para facilitar la comercialización de las innovaciones biotecnológicas
  • Incrementar el período de protección de los datos de los medicamentos biológicos a más de 12 años (entre 4 8 en la actualidad)
  • Prohibir o  limitar las políticas de los gobiernos de precios y reembolsos (favorecer precios más altos para las falsas innovaciones que no aportan mejoras terapéuticas y establecimiento de precios mínimos para medicamentos comparables)
  • Presencia de los laboratorios en los organismos estatales que fijen las políticas de precios (Garantías Procesales)
  • Limitar la información de los resultados de los ensayos clínicos de nuevos fármacos (garantía de calidad y seguridad para los pacientes y facilitar la medicina basad en la evidencia) para evitar una presunta desventaja comercial de los laboratorios.
  • Incluir mecanismos de arbitraje (ajenos a los tribunales de justicia de los países) para que las compañías puedan reclamar compensaciones económicas por decisiones que afecten a las patentes, genéricos o controles de pecios que reduzcan su negocio
  • Convergencia reglamentaria para que la UE y USA suplanten a la OMS  en el establecimiento de normas de registro, calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos (resucitar el colonialismo comercial con los países menos desarrollados) afectados
  • Crear un Comité Industria-Gobiernos  para monitorizar el cumplimiento del acuerdo (patentes, normas de genéricos, fijación de precios y reembolsos)

Todo estas medidas incrementarán de manera brutal los gastos sanitarios para los gobiernos (en detrimento de sus economías), podrán en riesgo la sostenibilidad de los sistemas sanitarios públicos, dificultarán el acceso a los medicamentos de la población en momentos de crisis, aumentarán la irracionalidad del sistema, y afectarán a la salud de la población generando mayor mortalidad y carga de enfermedad.

Entre las principales consecuencias, que se pueden extraer de la escasa información disponible están:

- Una disminución de las exigencias de seguridad para los consumidores a las empresas de la industria alimentaría como la comercialización de los alimentos transgénicos o la desinfección de pollos mediante cloro (prohibidos en Europa y aprobados en Estados Unidos).

- Recortes y pérdida de control público en educación formación, desarrollo científico y derechos de propiedad intelectual, al servicio de las grandes corporaciones privadas.

- Eliminación del derecho a la salud garantizado por un Sistema sanitario Público Universal y equitativo para equipararnos al modelo de Estados Unidos donde los derechos sociales básicos no están garantizados por el Estado.

- Precarización de las condiciones laborales y salariales de los trabajadores sanitarios,

- Destrucciones de empleo en los servicios sanitarios y sometimiento de su actuación a los intereses empresariales como en os hospitales y aseguradoras norteamericanas.

- Desaparición de las regulaciones medioambientales que garantizan la salud pública como la autorización del fracking para obtener gas del subsuelo utilizando productos químicos, que pueden contaminar los acuíferos de bebida, las prospecciones petrolíferas

La protección de los inversores a costa de la capacidad legislativa de los gobiernos y de los derechos de los ciudadanos supondrá un ataque a la soberanía de los países para desarrollar políticas públicas progresistas.

En resumen, para la FADSP “se trata de un acuerdo que poner por delante de los derechos de la ciudadanía a los intereses de las grandes multinacionales. Hay que exigir que se paralicen las negociaciones y que cualquier acuerdo que se quiera realizar se haga de manera pública y transparente y sometido al control de los organismos democráticos de la UE y los países miembros”.

Fuente: Iniciativa Debate

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